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Jamaica levanta la restricción de ingreso vigente para viajeros procedentes de Colombia y otros países

Kingston, octubre 26 de 2021. El día de hoy en la tarde el Gobierno de Jamaica anunció el levantamiento de la restricción de ingreso de viajeros procedenKingston, octubre 26 de 2021. El día de hoy en la tarde el Gobierno de Jamaica anunció el levantamiento de la restricción de ingreso de viajeros procedentes de varios países de América del Sur incluyendo Colombia.

Desde el mes de septiembre la embajada y su sección consular trabajaron junto con el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia para informar constantemente a las autoridades jamaicanas sobre la evolución de la situación sanitaria en nuestro país y resaltar la mejora en identificación de casos, aislamiento y control, así como los avances en el plan nacional de vacunación demostrando el manejo adecuado que se ha dado a la pandemia en Colombia.

A partir del 29 de octubre de 2021 se levantará esta medida que había sido impuesta desde el mes de abril permitiendo nuevamente el ingreso de visitantes procedentes de Colombia a la isla.

En todo caso la embajada y la sección consular recuerdan que todo viajero que desee ingresar a la isla deberá cumplir con los requisitos sanitarios y migratorios vigentes por la emergencia sanitaria.

Todo viajero deberá tramitar una autorización de viaje (travel authorization) con una antelación no mayor a siete (7) días antes del viaje, contar con una prueba COVID-19 negativa (antígeno o PCR) tomada con una antelación no mayor a 3 días (72 horas) antes de viajar y según el lugar de hospedaje o propósito de viaje se tendrá que hacer cuarentena o no al arribo.

Los viajeros que permanezcan en hoteles u hospedajes ubicados dentro del “corredor resiliente” (Resilient Corridor) no tendrán que hacer cuarentena y podrán estar dentro de esta área durante su estancia en Jamaica. Si el viajero, incluyendo turistas, no estará en un hospedaje incluido dentro de este corredor, deberá hacer una cuarentena estricta de catorce (14) días -se reduce a ocho (8) si ya ha completado todo el esquema de vacunación contra la Covid-19-.

Recomendamos consultar con antelación si el hotel u hospedaje se encuentra dentro de este corredor para evitar inconvenientes posteriores: https://www.visitjamaica.com/travelauthorization/resilient-corridors/

Para más información de los protocolos de ingreso a Jamaica puede consultar directamente el sitio electrónico: https://www.visitjamaica.com/travelauthorization/traveller-categories/

 

Recomendaciones Generales (turistas y visitantes):

1. Es importante señalar que si bien los ciudadanos colombianos están exentos de visa hasta por treinta (30) días, la autoridad migratoria se reserva el derecho a solicitar entre otros:

-       Carné de vacunación contra fiebre amarilla (particularmente para personas que hacen transito vía Ciudad de Panamá)

-       Tiquete de regreso al país de origen

-       Demostrar tener recursos suficientes para solventar los gastos de la permanencia en la isla.

-       Información exacta sobre el alojamiento donde se hospedará el viajero.

2. La autoridad migratoria local se reserva el derecho a determinar de forma soberana las condiciones de ingreso y permanencia de extranjeros en su territorio.

3. Los colombianos podrán permanecer en la isla con propósito de turismo o negocios, siempre que sean actividades no remuneradas.

4. Si viaja con otro propósito diferente asegúrese de tener su documentación en regla y cumplir con los requisitos exigidos por la Agencia de Pasaportes, Inmigración y Ciudadanía de Jamaica (PICA) (https://www.pica.gov.jm/)

5. Cualquier permanencia irregular puede ser sancionada penal y/o administrativamente.

6. No es obligatorio, pero recomendamos que cuente con un seguro de viajes para cubrir cualquier eventualidad que pueda surgir durante su permanencia en la isla.

7. Durante su permanencia en la isla deberá acatar medidas tales como uso de tapabocas en lugares públicos, distanciamiento social y respetar los toques de queda diarios de 8 p.m. a 5 a.m. (del día siguiente).

8. Recuerde diligenciar el registro consular (https://www.cancilleria.gov.co/registro-consular) incluso si está solo de visita o descargar la aplicación movil MiConsulado Colombia donde podrá tener más información sobre trámites y servicios, así como sobre el alcance de la asistencia consular en el exterior y datos de contacto de las oficinas consulares.

Para Android. https://play.google.com/store/apps/details?id=co.gov.cancilleria.mi_consulado&hl=en_US&gl=US

Para iOS. https://apps.apple.com/cr/app/mi-consulado-colombia/id1482300554

Tenga en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores dispone de varios canales de comunicación para atender cualquier emergencia:

·       Twitter: @cancilleriacol

·       Facebook: Cancillería Colombia

·       Si llama desde Colombia puede marcar al 01 8000 979 899 y 01 8000 938 000.

·       Videollamada gratuita, chat en línea y llamada en línea gratuita, a través de la página web: http://www.cancilleria.gov.co/help/contactus

·       Línea de atención telefónica en Bogotá: (+57 1) 3826999.

·       Correo electrónico: ckingston@cancilleria.gov.co

             ·       WhatsApp/Telegram para emergencias (Consulado en Kingston): +1 (876) 572-9051tes de varios países de América del Sur incluyendo Colombia.

 

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